Teníamos pendiente el análisis de la norma siguiente:
“No debo hacer pintadas en paredes que no sean de mi propiedad.”Lo que plantea esta norma no es sólo un asunto estético, sino, sobe todo, jurídico y ético. ¿Tengo yo derecho a pintar algo, aunque sea bonito, en una pared que no es mía?
Creo que está claro que desde un punto de vista jurídico no podemos hacer uso de lo que no es nuestro. De hecho, cuando la policía detiene a algún grafitero le suelen imponer una multa suculenta.
¿Puede considerarse una norma ética? Veamos.
Si considero que el respeto a la propiedad de los demás es importante y que yo no puedo alterarla, aunque sea pintándole algo que yo crea que es bonito, entonces me podré sentir obligado a cumplir esa norma y abstenerme de hacer pintadas en lugares que no sean de mi propiedad.
De la misma manera, si considero que esa norma es buena, entenderé que deba cumplirla todo el mundo.
¿Cumplo yo esa norma para obtener algún beneficio? Es evidente que no. Si lo hago es exclusivamente porque entiendo que es una norma buena.
Por tanto, cumple las tres condiciones de las normas morales y podemos afirmar que esta norma es de este tipo.
Sin embargo, la ausencia tan brutal de sentido ético que hoy padecemos hace que hoy muchos jóvenes crean que esto se puede hacer, siempre que la pintada sea 'guapa' (desde su propio punto de vista, claro está) Me parece que entre estos grafiteros hay personas enfermas que sienten la necesidad de afirmar su personalidad dejando su huella, aunque sólo sea su firma, por las paredes. El 'todo vale' ha llegado también a este campo y cada vez más las ciudades se llenan de vallas, puertas de comercios, fachadas o escaparates estropeados por la acción vandálica de estos tipos sin ningún miramiento y sin ningún respeto.
Para una próxima ocasión te propongo que analices la norma:
“No se puede discriminar a las mujeres por el hecho de ser mujeres”Espero que aportes tus opiniones o tus comentarios.
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