Vamos a considerar hoy la norma que habíamos dejado pendiente en la entrega anterior y que decía que
“No se puede discriminar a
las mujeres por el hecho de ser mujeres”
Nos interesa, sobre todo, analizar si la norma en cuestión es moral o no lo es. El argumento en el que hemos de fijarnos es el de la igualdad básica y fundamental de todos los seres humanos, sea cual sea su sexo. Este es uno de los adelantos humanos más importantes habidos a lo largo de la historia. Ciertamente no todos lo admiten, aunque sean pocos los que se atrevan a decirlo públicamente, pero salvo que se sea una persona muy ignorante o con muy poca sensibilidad para lo humano, creo que lo normal es admitir esa igualdad de derechos de todas las personas. Quien siga pensando hoy que las mujeres son seres inferiores a los hombres muy poco habrá avanzado en el camino de convertirse en un ser humano justo y maduro.
¿Me puedo sentir yo obligado a no discriminar a las mujeres por ser mujeres? Parece evidente que si estoy convencido de la igualdad de derechos de todas las personas, esto será para mí sumamente importante y yo mismo me obligaré a darles a todos un trato igualitario.
¿Es universalizable esta norma? ¿Deberían cumplirla todos los seres humanos? Es evidente que sí, que resultaría un mundo más justo si todos cumpliéramos esta norma.
¿Cumpliría yo esta norma porque con ello obtendría algún beneficio o mi motivo sería simplemente que es una norma buena y que se debe cumplir? Parece claro también que lo que me mueve a mí a no discriminar a las mujeres es que yo la considero una norma justa, buena y racional.
Por tanto, cumple las tres condiciones que les pedíamos a las normas morales y podemos afirmar que esta norma es una norma moral.
Precisamente la lamentable frecuencia con que se le da un trato discriminatorio a las mujeres es un síntoma muy claro del bajo nivel moral de nuestra sociedad. Un Gobierno justo debería tomar medidas encaminadas a eliminar estas discriminaciones y a educar a los ciudadanos en la igualdad y en la justicia.
Para una próxima ocasión te propongo que analices el carácter de la siguiente norma:
'No se puede circular en
bicicleta por una acera en la que no hay carril bici'